En JT Abogados estamos siempre actualizados con las últimas reformas legislativas. Con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, publicada en el BOE el pasado 3 de enero de 2025, se introducen importantes cambios que afectarán tanto a particulares como a empresas en sus procedimientos legales.
Una de las principales novedades es la obligatoriedad de acudir a los Servicios de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC/MASC) en el ámbito civil antes de presentar determinadas demandas judiciales. Desde el 1 de julio de 2025, esta medida se convierte en un requisito de procedibilidad para las materias disponibles para las partes. El objetivo es claro: evitar litigios largos y costosos, fomentando soluciones extrajudiciales.
Consecuencias del incumplimiento
– Si no se acredita haber acudido a un procedimiento de MASC en los supuestos exigidos por la Ley, la demanda será inadmitida.
– En materia de costas, la reforma introduce cambios significativos:
– Si una de las partes rechaza participar en un MASC obligatorio, no podrá beneficiarse de la condena en costas.
– En casos de estimación parcial, quien no haya acudido al MASC podrá ser condenado al pago de las costas.
– En los supuestos de allanamiento, se considerará mala fe la negativa previa a participar en un MASC.
Formas de cumplimiento del requisito
El requisito podrá cumplirse a través de:
– Mediación, conciliación o arbitraje.
– Opinión neutral de un experto independiente.
– Oferta vinculante confidencial.
– Negociaciones directas entre las partes o a través de sus abogados.
– Procesos de Derecho colaborativo.
Ámbitos de aplicación y exclusión
La medida será exigible en materias civiles y mercantiles, incluidos los conflictos transfronterizos, tanto en juicios ordinarios como verbales y procesos especiales.
Quedan excluidas:
– Materias laboral, penal y concursal.
– Procesos en los que intervenga una entidad del sector público.
– Procedimientos no disponibles para las partes (paternidad, filiación, tutela judicial civil de derechos fundamentales, entre otros).
– Juicio cambiario, demanda ejecutiva, medidas cautelares, diligencias preliminares y monitorio europeo.
Conclusión:
La LO 1/2025 supone un cambio profundo en la forma de gestionar los conflictos legales en España, reforzando el uso de los MASC como vía preferente para alcanzar soluciones rápidas, económicas y eficaces.
En JT Abogados, hemos recibido formación específica en esta materia para ofrecer a nuestros clientes la mejor orientación y apoyo en sus conflictos civiles y mercantiles.
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