Abogados penalistas · Madrid (Retiro)

Abogado penalista en Madrid (Retiro)

Defensa penal y asistencia letrada para particulares y empresas: asistencia en comisaría, juicios rápidos, delitos leves y procedimientos penales.

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Servicios de Derecho Penal

Servicios de Derecho Penal

Si es urgente —detención, citación inminente o juicio señalado—, llama por teléfono en lugar de escribir.

  • Asistencia al detenido

    Asistencia en comisaría y en el juzgado de guardia. Preparación de la declaración y estrategia desde el primer momento.

  • Juicios rápidos

    Defensa en citaciones urgentes: conformidad, prueba y señalamiento.

  • Delitos leves

    Procedimientos por amenazas, coacciones, lesiones leves o hurtos de escasa cuantía.

  • Seguridad vial y alcoholemia

    Alcoholemia y drogas, conducción sin permiso, temeraria y accidentes con investigación penal.

  • Violencia de género y doméstica

    Asistencia letrada en denuncias, órdenes de protección y juicio, con la discreción que exige la materia.

  • Delitos contra el patrimonio

    Hurto, robo, estafa, apropiación indebida y daños. Defensa y acusación particular.

  • Lesiones, amenazas y coacciones

    Parte médico, testigos, periciales y tutela de derechos.

  • Salud pública

    Tenencia y tráfico, registros e intervención policial: enfoque probatorio y garantías.

  • Delitos económicos y de empresa

    Administración desleal, estafa, apropiación indebida, alzamiento de bienes e insolvencias punibles.

  • Cancelación de antecedentes

    Requisitos, plazos y documentación para cancelar antecedentes penales.

  • Denuncias y querellas

    Redacción, estrategia probatoria y personación como acusación particular.

Experiencia en Derecho Penal

Estrategia penal desde el primer momento

Más de 40 años en Madrid

En JT Abogados prestamos asistencia y defensa penal en Madrid desde hace más de cuarenta años, tanto a investigados y acusados como a víctimas que necesitan ejercer la acusación particular. Intervenimos desde la detención, la citación policial o judicial y los juicios rápidos, y preparamos cada declaración tras revisar atestados, denuncias, mensajes, informes y demás documentación disponible. Analizamos riesgos, medidas cautelares, posibles acuerdos y estrategia de prueba, explicando con claridad los escenarios reales y los siguientes pasos. También actuamos en delitos leves, violencia de género y doméstica, seguridad vial, delitos patrimoniales, lesiones, amenazas, delitos económicos y contra la salud pública. La prioridad es proteger los derechos del cliente desde el primer momento, evitar decisiones precipitadas y mantener una comunicación directa y discreta durante todo el procedimiento penal.

Llevamos más de cuarenta años prestando asistencia letrada y defensa jurídica en Madrid. En derecho penal, lo que se declara la primera vez condiciona todo lo que viene después. Valoramos riesgos, definimos los siguientes pasos y actuamos con rapidez, tanto en defensa como en acusación particular, explicando los escenarios reales sin prometer resultados.

Sello de Abogado
  • Asistencia inmediata
  • Preparación de la declaración
  • Defensa y acusación particular
  • Comunicación clara y discreta
Equipo de JT Abogados preparando un asunto

Si tienes una citación, una detención o un juicio inminente, el margen se reduce cada día.

Guía práctica

Derecho penal: preguntas frecuentes

Pulsa una materia para desplegar su explicación y, dentro, cada pregunta para ver la respuesta.

Asistencia al detenido

Regulación aplicable. Artículo 17.2 de la Constitución: la detención preventiva no puede durar más del tiempo estrictamente necesario y, en todo caso, en el plazo máximo de 72 horas la persona detenida debe ser puesta en libertad o a disposición judicial. Los derechos del detenido están en el artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

¿Cuánto tiempo puede estar detenida una persona?

La detención no puede durar más de lo estrictamente necesario, con un límite máximo de 72 horas para poner a la persona en libertad o a disposición judicial.

¿Tengo derecho a abogado desde el primer momento?

Sí. Puedes designar abogado y ser asistido por él sin demora injustificada. Si no designas a nadie, se asigna uno de oficio, y después puedes cambiarlo.

¿Puedo hablar con mi abogado en privado antes de declarar?

Sí, existe el derecho a entrevista reservada, incluso antes de la declaración en sede policial o judicial, con excepciones muy tasadas en supuestos de incomunicación.

Es el momento más importante de todo el procedimiento y conviene usarlo.

¿Estoy obligado a declarar en comisaría?

No. Puedes declarar, no declarar o contestar solo a determinadas preguntas.

Lo prudente es decidirlo con tu abogado: una declaración precipitada puede perjudicar la defensa durante todo el procedimiento.

¿Y si no hablo español?

Tienes derecho a intérprete y a la traducción de las actuaciones esenciales cuando sea necesario para tu defensa.

Juicios rápidos

Regulación aplicable. Artículos 795 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sobre el enjuiciamiento rápido de determinados delitos.

¿Qué es un juicio rápido y cuándo se aplica?

Es un procedimiento para determinados delitos cuando la instrucción puede tramitarse con diligencias urgentes, normalmente desde el juzgado de guardia.

¿Necesito abogado?

En la práctica, sí: desde el inicio de las diligencias urgentes el abogado de la defensa participa y queda habilitado para actuar ante el juzgado de guardia.

¿Me puedo conformar y reducir la pena?

En determinados casos, la sentencia de conformidad puede implicar una reducción de un tercio de la pena solicitada, si se cumplen los requisitos legales.

Es una decisión que conviene tomar con asesoramiento y no en el pasillo del juzgado.

¿Qué delitos suelen ir por esta vía?

Con frecuencia: seguridad vial, hurtos y robos simples, lesiones leves con parte médico, amenazas y coacciones, o resistencia y desobediencia, si encajan en los requisitos procesales.

Delitos leves
¿Qué es un delito leve y qué consecuencias tiene?

Son infracciones penales de menor entidad que se tramitan por un procedimiento más sencillo, pero pueden conllevar condena, multa y, según el tipo de pena, antecedentes.

¿Es obligatorio ir con abogado?

No lo es con carácter general: en la citación se informa de que puedes ser asistido por abogado si lo deseas.

Que no sea obligatorio no significa que no convenga, sobre todo si hay acusación particular enfrente.

¿Puede celebrarse el juicio si no voy?

La citación suele advertir de que el juicio podrá celebrarse aunque no asistas, según el caso y el criterio judicial.

¿Qué pruebas debo llevar?

Debes acudir con tus pruebas: testigos, documentos, vídeos, mensajes y partes médicos. La citación lo suele advertir expresamente.

Seguridad vial y alcoholemia

Regulación aplicable. Artículo 379.2 del Código Penal: es delito conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas y, en todo caso, con una tasa superior a 0,60 mg/l en aire espirado o a 1,2 g/l en sangre.

¿Cuándo la alcoholemia es delito?

Es delito conducir bajo la influencia del alcohol y, en todo caso, si se supera 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre. Por encima de esas tasas no hace falta acreditar la influencia.

¿Qué pasa si me niego a soplar?

La negativa al requerimiento policial puede constituir un delito específico, con pena de prisión y privación del derecho a conducir.

¿Puedo pedir una segunda prueba?

En los controles de alcoholemia suele realizarse una segunda medición y, según el caso, puede solicitarse contraste conforme a la normativa de seguridad vial y a los protocolos aplicables.

¿Implica retirada del carné?

Es habitual que en las condenas por seguridad vial se solicite la privación del derecho a conducir.

Violencia de género y violencia doméstica

Es una materia especialmente sensible, con especialidades procesales y orgánicas propias. Intervenimos con la máxima discreción y siempre desde la primera citación o medida.

Regulación aplicable. Orden de protección: artículo 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Medidas de alejamiento y prohibición de comunicación: artículo 544 bis.

¿Qué diferencia hay entre violencia de género y violencia doméstica?

Depende de la relación entre las partes y del marco legal aplicable. Lo importante en los dos casos es actuar con abogado desde la primera citación o medida.

¿Qué es una orden de protección?

Es una resolución judicial con medidas penales y, en su caso, civiles, para proteger a la víctima cuando hay indicios y riesgo objetivo.

¿Puedo ver a mis hijos si hay denuncia y medidas?

Puede haber medidas civiles urgentes asociadas —custodia, régimen de visitas, uso de la vivienda—. Depende del caso y del juzgado competente.

¿Qué pasa si incumplo una orden de alejamiento?

Es muy grave: puede implicar nuevas responsabilidades penales y un endurecimiento de las medidas, incluida la prisión provisional en determinados supuestos.

Si tienes dudas sobre el alcance de una medida, consúltalo antes de hacer nada.

Delitos contra el patrimonio
¿Qué diferencia hay entre hurto y robo?

Simplificando: el robo implica fuerza en las cosas o violencia o intimidación en las personas; el hurto, no.

He sido víctima de una estafa por Bizum o transferencia, ¿qué hago?

Denuncia de inmediato y recopila justificantes, conversaciones y rastros de pago. Cuanto antes, más opciones de rastrear el dinero.

En algunos casos puede reclamarse la responsabilidad civil dentro del propio proceso penal.

Si devuelvo el dinero, ¿se archiva el caso?

No necesariamente, pero puede influir en la responsabilidad civil, en la apreciación de atenuantes y en la estrategia de defensa.

¿Cuánto tarda un procedimiento por estafa?

Depende del juzgado, de las diligencias necesarias —periciales, requerimientos bancarios—, de la identificación del autor y de la carga de trabajo. Puede ir de meses a bastante más.

Lesiones, amenazas y coacciones
¿Cuándo una lesión es delito y no solo un parte?

En general, si la lesión requiere, además de la primera asistencia, tratamiento médico o quirúrgico, encaja en el tipo básico de lesiones.

¿Sirve un parte médico como prueba?

Sí, es relevante, pero normalmente se valora junto con testigos, informes forenses y la coherencia del relato.

¿Qué hago si recibo amenazas por WhatsApp?

No borres nada. Exporta los chats, guarda capturas con fecha y hora, identifica los números y a los posibles testigos. La prueba digital es decisiva y es frágil.

¿Puedo grabar una conversación si temo amenazas?

En España, si participas en la conversación, la grabación suele ser admisible, con matices. Si es entre terceros, la situación cambia por completo.

Honor e intimidad
¿Cuál es la diferencia entre calumnia e injuria?

La calumnia es imputar un delito a alguien sabiendo que es falso o con temerario desprecio a la verdad. La injuria es una expresión o acción que lesiona la dignidad de otra persona, y solo es delito si se considera grave.

¿Insultar por redes sociales es delito?

Depende: para que haya injurias, deben ser graves por su naturaleza, efectos y circunstancias. En las calumnias influye además si se propagan con publicidad, lo que agrava la pena.

¿Se denuncia o hay que presentar querella?

En general, las injurias y calumnias no se persiguen sin querella de la persona ofendida, salvo que la ofensa sea contra autoridad o funcionario sobre hechos del ejercicio del cargo.

¿Difundir una conversación privada o unas fotos puede ser delito?

Puede serlo, especialmente si se accede sin consentimiento a mensajes, documentos o datos reservados, o si se difunden a terceros contenidos obtenidos ilícitamente.

Cada caso exige analizar cómo se obtuvo el contenido y quién lo difundió.

Delitos contra la salud pública

Regulación aplicable. Artículos 368 y siguientes del Código Penal.

¿Cuándo es delito tener droga?

Depende del contexto: el consumo propio no es lo mismo que la tenencia con indicios de tráfico.

La clave suele estar en los indicios: cantidad, útiles, dinero, mensajes y forma de la tenencia.

¿Influye la cantidad?

Sí, y mucho: afecta a la gravedad y a la estrategia, incluidas las periciales sobre pureza y los supuestos de notoria importancia.

¿Puede haber registro en el domicilio?

Sí, con autorización judicial, salvo supuestos muy tasados. La legalidad del registro es uno de los puntos críticos de la defensa.

¿Hay reducción de pena si hay tratamiento por drogodependencia?

En ciertos supuestos la ley contempla modulaciones y el procedimiento puede valorar circunstancias personales. Requiere análisis del caso.

Delitos económicos y de empresa
¿Qué diferencia hay entre estafa, administración desleal y apropiación indebida?

La estafa exige engaño bastante para provocar error y lograr un acto de disposición con perjuicio. La administración desleal es excederse en las facultades de administrar un patrimonio ajeno causando perjuicio. La apropiación indebida es apropiarse de dinero o bienes recibidos con obligación de devolver o entregar.

¿Importa la cuantía?

Sí. En varios tipos —estafa, administración desleal, apropiación indebida— la ley prevé un tratamiento específico cuando la cuantía no excede de 400 euros, normalmente con pena de multa.

¿Qué es el alzamiento de bienes?

Las conductas dirigidas a eludir a los acreedores: alzarse con los bienes, dificultar o impedir embargos o ejecuciones, u ocultar patrimonio para eludir responsabilidades.

¿Puede responder penalmente una empresa?

En determinados delitos, si concurren los requisitos del régimen de responsabilidad penal de la persona jurídica, pueden imponerse penas de multa y otras consecuencias previstas legalmente.

Antecedentes penales y su cancelación
¿Una condena siempre genera antecedentes?

En general sí, mientras no se cancelen, según el tipo de resolución y de pena.

Lo importante es saber qué consta exactamente y cómo afecta: empleo, permisos, expedientes de extranjería.

¿Cuándo se pueden cancelar?

Tras extinguir la responsabilidad penal y sin volver a delinquir, con los plazos legales: seis meses para penas leves y dos, tres, cinco o diez años según el resto.

¿La cancelación es automática?

Puede ser de oficio o a instancia de parte, pero en la práctica conviene tramitarla y obtener el certificado actualizado.

Han pasado los plazos y siguen apareciendo

Se puede solicitar la cancelación y, si procede, hacer valer que no deben tenerse en cuenta cuando legalmente no corresponda.

Denuncias y querellas
¿Qué diferencia hay entre denuncia y querella?

La denuncia comunica unos hechos presuntamente delictivos y puede hacerse sin más. La querella es un escrito formal para iniciar o impulsar el procedimiento como parte, con requisitos específicos.

¿Cómo se presenta una denuncia?

Puede hacerse por escrito o de palabra, personalmente o mediante mandatario con poder especial.

¿Qué debe contener para que sea útil?

La identificación del denunciante y un relato circunstanciado de los hechos; si se conocen, la identificación del presunto autor y de los testigos, y cualquier fuente de conocimiento relevante.

Una denuncia vaga genera un archivo rápido. Merece la pena prepararla bien.

¿Hacen falta abogado y procurador para una querella?

Sí: la querella debe presentarse por medio de procurador con poder bastante y suscrita por letrado.

¿Cuándo debo contactar con un abogado penalista?

Cuanto antes. Si hay detención, citación judicial, declaración en comisaría o juicio rápido, el margen de maniobra se reduce muchísimo y las decisiones iniciales condicionan todo el procedimiento.

¿Puedo elegir abogado o me asignan uno de oficio?

Puedes elegir. Si no designas a nadie o no es posible en ese momento, se asigna abogado de oficio, y después puedes cambiarlo.

¿Qué documentos conviene llevar a la primera consulta?

Citación, denuncia o atestado si lo tienes, partes médicos, comunicaciones —mensajes y correos—, fotografías o vídeos, datos de los testigos y cualquier documento que afecte a fechas, lugares y hechos.

¿Qué probabilidades reales tengo de ganar?

En penal no es «ganar o perder» sin más: puede haber archivo, absolución, conformidad, rebaja de pena o atenuantes.

Lo serio es valorar la prueba, los riesgos y la estrategia desde el primer día, sin promesas.

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VALORACIONES

La confianza de quienes ya nos han elegido

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Gema Somoza Fernández★★★★★

En nuestro caso teníamos una herencia complicada en Palma de Mallorca y nosotros estamos en Madrid, así que no sabíamos ni por dónde empezar. Contactamos con JT Abogados y desde aquí nos fueron guiando en todo: nos explicaron las opciones con calma, nos ayudaron con el reparto (que no era nada fácil) y se coordinaron con la notaría de Palma.

Hemos quedado muy contentos con cómo han llevado el asunto y además el trato ha sido muy cercano. Los recomendaría sin dudarlo. Muchísimas gracias por todo

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Eloi González Mas★★★★★

He tenido una muy buena experiencia con José Miguel y el resto del equipo de abogados. No soy de Madrid, pero aún así han llevado mi caso. No he tenido que desplazarme para ningún trámite, ya que lo han gestionado todo ellos, y he recibido la indemnización por despido improcedente. Gracias a su trabajo pudimos resolverlo bien y quedé muy satisfecho con el resultado. Si alguna vez volviera a necesitar un abogado de derecho laboral en Madrid o algún tuviese algún problema en el trabajo, sin duda volvería a contactar con JT Abogados. 10/10.

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Carmen FL★★★★★

Súper contenta con JT Abogados: Jose Miguel nos llevó la compraventa del piso sin líos, explicando todo fácil y revisando cada papel. Estuvo pendiente de la Notaría y el Banco, cero sorpresas. Repetiría y los recomiendo al 100%.

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Yasmina KH★★★★★

Soy propietaria en Madrid y mi inquilino dejó de pagar. Contacté con JT Abogados, se encargaron de los requerimientos, el desahucio por impago y la reclamación de las rentas impagadas. Finalmente recuperé el piso y reforzamos el contrato de arrendamiento para evitar futuros problemas. Muy profesionales. Repetiría con ellos sin dudar.

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Verónica Montoro★★★★★

Excelente experiencia. No puedo estar más satisfecha con el servicio. Han gestionado mi cambio de apellido con una rapidez increíble (apenas mes y medio), demostrando en todo momento una gran implicación, claridad en las explicaciones y una profesionalidad absoluta.

Se nota cuando alguien domina el procedimiento y se preocupa de verdad por el caso. Trato cercano, eficaz y resultados impecables. ¡Totalmente recomendables!

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Maria Gomez★★★★★

Excelente bufete, recomiendo a JT Abogados al 100 %. Destacan por su gran profesionalidad y por un trato humano y cercano que marca la diferencia. Su empatía, claridad y constante comunicación me dieron una tranquilidad absoluta durante todo el proceso. Sin duda, los mejores.

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