ABOGADOS CIVILISTAS · MADRID (RETIRO)
Abogados de Derecho Civil
en Madrid (Retiro)
Contratos, reclamaciones de cantidad, responsabilidad civil, compraventa de vivienda, vicios ocultos y proindiviso.
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Materias de Derecho Civil
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CONTRATOS CIVILESRedacción, revisión e incumplimientos.VER INFORMACIÓN →
RECLAMACIONES DE CANTIDADCobro de facturas, préstamos y servicios impagados.VER INFORMACIÓN →
RESPONSABILIDAD CIVILDaños, perjuicios y reclamaciones frente a aseguradoras.VER INFORMACIÓN →
COMPRAVENTA Y VICIOS OCULTOSArras, defectos no visibles y reclamaciones.VER INFORMACIÓN →
PROINDIVISO Y CONDOMINIOAdjudicación, venta o procedimiento judicial.VER INFORMACIÓN →
PRESCRIPCIÓN Y USUCAPIÓNPlazos y viabilidad real de la reclamación.VER INFORMACIÓN →
ARRENDAMIENTOS Y DESAHUCIOSImpago, fianza, resolución y rentas.VER INFORMACIÓN →
PROPIEDAD HORIZONTALAcuerdos, morosos, derramas y filtraciones.VER INFORMACIÓN →
EXPERIENCIA EN DERECHO CIVIL
Documentación, plazo y estrategia
desde el primer día
MÁS DE 40 AÑOS EN MADRID
El derecho civil regula contratos, propiedad, obligaciones, responsabilidad civil, reclamaciones de cantidad y conflictos patrimoniales entre particulares o empresas.
Empezamos por la documentación: contrato, facturas, transferencias, correos, mensajes y requerimientos anteriores.
Con eso valoramos las opciones y el plazo, y definimos la estrategia: negociación cuando hay margen y procedimiento judicial cuando no lo hay.

- Revisión de documentación
- Valoración de opciones y plazos
- Negociación cuando es viable
- Vía judicial cuando corresponde

Si necesitas un abogado civil en Madrid, cuéntanos tu caso y te indicamos los pasos y la documentación.
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Derecho Civil: preguntas frecuentes
Pulsa una materia para desplegar su explicación y, dentro, cada pregunta para ver la respuesta.
Contratos e incumplimientos
Redacción, revisión e incumplimientos: arras, compraventa, prestación de servicios y préstamos entre particulares.
¿Qué es un incumplimiento de contrato y cuándo conviene reclamar?
Es no cumplir lo pactado: el pago, la entrega, los plazos, la calidad o cualquier otra obligación asumida.
Conviene reclamar cuanto antes, por tres motivos: se protegen las pruebas mientras existen, se interrumpen los plazos de prescripción y se negocia desde una posición más sólida que cuando ha pasado un año.
¿Puedo reclamar si el acuerdo fue verbal?
Sí, siempre que puedas acreditarlo: mensajes, correos, testigos, transferencias o facturas. Un contrato verbal es válido; el problema es probarlo.
Orientamos la prueba para que el acuerdo sea defendible, tanto en una negociación como en juicio.
¿Cómo se resuelve un contrato por incumplimiento?
Normalmente se exige el cumplimiento o se solicita la resolución y, si procede, una indemnización.
La estrategia depende del objetivo: no es lo mismo querer salir del contrato que querer recuperar el dinero o exigir que se cumpla lo pactado.
Reclamación de deudas y de cantidad
Cobro de facturas, préstamos, servicios y otras cantidades impagadas.
¿Qué es una reclamación de cantidad?
Es pedir el pago de una deuda: una factura, un préstamo, unos servicios o unas rentas.
Lo habitual es empezar con un requerimiento y, si no se paga, acudir a la vía judicial.
¿Qué es el procedimiento monitorio y cuándo se usa?
Es el trámite más común para deudas dinerarias que se pueden acreditar con documentos: facturas, albaranes, contratos o reconocimientos de deuda.
Si el deudor no paga ni se opone, puede pasarse directamente a la ejecución, que es lo que lo hace eficaz.
¿Qué pasa si el deudor se opone al monitorio?
El asunto pasa al procedimiento declarativo que corresponda por cuantía y habrá que probar la deuda con más detalle.
Por eso conviene preparar el caso bien desde el inicio, y no dar por hecho que no habrá oposición.
¿Se pueden reclamar intereses y costas?
En muchos casos sí, según el contrato, la normativa aplicable y el resultado del procedimiento.
Te indicamos qué es realista pedir en tu caso concreto, para que la reclamación no se caiga por pedir de más.
Responsabilidad civil e indemnizaciones
Daños y perjuicios, reclamaciones frente a terceros o frente a la aseguradora.
¿Qué diferencia hay entre responsabilidad contractual y extracontractual?
La contractual es el daño causado por incumplir un contrato. La extracontractual es el daño sin que haya contrato: una caída, unos daños materiales, una negligencia.
En las dos, lo decisivo es lo mismo: la prueba del daño y el nexo causal entre la conducta y el perjuicio.
¿Cómo se reclama por un accidente o una caída?
Con el parte, los informes, los testigos y una valoración del daño. Cuanto antes se recopile, mejor: los testigos se pierden y las cámaras se borran.
Ordenamos las pruebas y reclamamos al responsable o a su aseguradora.
¿Puedo reclamar a la aseguradora si no paga o paga poco?
Sí. Analizamos la póliza, la cobertura y la oferta recibida, y reclamamos por la vía adecuada.
Si el daño es por un accidente de tráfico, la página específica es accidentes de tráfico.
¿Qué plazo tengo para reclamar una indemnización?
Depende del origen del daño. La acción por responsabilidad extracontractual tiene un plazo especialmente corto, así que conviene consultar rápido para no perderla por prescripción.
¿Puedo pedir daños y perjuicios además de lo adeudado?
Sí, si se acredita el daño y su relación con el incumplimiento: pérdidas, gastos, penalizaciones u otros perjuicios.
Preparamos la reclamación para que el daño sea cuantificable y no una cifra puesta a ojo, que es lo que hace que se rechacen.
Compraventa de inmuebles, arras y vicios ocultos
Revisión de arras y compraventas, defectos no visibles y reclamaciones posteriores.
¿Qué revisa un abogado antes de comprar una vivienda?
Nota simple, cargas e hipotecas, situación registral, IBI y cuotas de comunidad, estado de ocupación, plazos de entrega, distribución de gastos y cláusulas clave del contrato.
El objetivo es que firmes con seguridad jurídica y sin sorpresas. Es la intervención más barata y la que más problemas evita.
Contrato de arras: ¿qué pasa si alguien se echa atrás?
Depende del tipo de arras; lo habitual son arras penitenciales, que permiten desistir con un coste: el comprador pierde lo entregado y el vendedor lo devuelve duplicado.
Analizamos el contrato y la prueba para reclamar lo que corresponda o, si procede, exigir el cumplimiento.
¿Se puede recuperar la señal si el banco no concede la hipoteca?
Solo si el contrato lo prevé o si se pactó una condición de financiación. Es exactamente el tipo de cláusula que conviene incluir antes de firmar.
Te ayudamos a redactarlo bien antes, o a defender tu posición después.
¿Qué se considera un vicio oculto y cómo se reclama?
Defectos no visibles en el momento de comprar que afectan al uso o al valor: humedades graves, instalaciones defectuosas, problemas estructurales.
Se reclama con informe pericial, comunicaciones y negociación; si no hay acuerdo, con demanda. El informe técnico suele ser lo que decide el asunto.
¿Qué plazos hay para reclamar por defectos tras la compra?
Dependen del tipo de reclamación, de quién venda —particular o promotor— y del defecto concreto.
Por eso conviene consultar cuanto antes: en esta materia, el éxito suele estar en actuar rápido y documentar bien.
Proindiviso y condominio: la vivienda a medias
El proindiviso es una copropiedad por cuotas, típicamente una vivienda al 50 %. Aparece sobre todo tras una ruptura o una herencia, y se convierte en problema cuando uno quiere vender y otro no.
Nadie está obligado a permanecer en la copropiedad: puede pedirse la extinción del condominio, con adjudicación a uno compensando al otro, venta y reparto, o procedimiento judicial si no hay acuerdo.
Regulación aplicable. Código Civil: comunidad de bienes, artículos 392 y siguientes; acción de división, artículo 400.
Prescripción de acciones y usucapión
La prescripción es el plazo que tienes para reclamar. Pasado ese plazo, el derecho sigue existiendo pero ya no se puede exigir, y la otra parte solo tiene que alegarlo.
Tras la reforma de 2015, el plazo general de las acciones personales que no tienen plazo especial es de cinco años, conforme al artículo 1964 del Código Civil. Antes eran quince, y esa diferencia todavía afecta a asuntos antiguos.
¿Qué plazo tengo para reclamar?
Depende del tipo de acción. Lo prudente es revisarlo cuanto antes, porque hay plazos de prescripción y se pierden derechos por dejar pasar el tiempo.
Más detalle en la sección de prescripción y usucapión.
¿Cómo sé si mi reclamación ha prescrito?
Hay que mirar dos cosas: qué tipo de acción es y desde cuándo se cuenta el plazo, que no siempre es desde el hecho.
Es la primera comprobación que hacemos, porque condiciona todo lo demás. Si ha prescrito, te lo decimos antes de que gastes dinero.
¿Se puede interrumpir la prescripción?
Sí, y es importante: una reclamación fehaciente al deudor interrumpe el plazo y lo reinicia.
Si tu plazo está cerca de vencer y no puedes demandar todavía, esta suele ser la actuación urgente.
Arrendamientos y desahucios
Impago de alquiler, desahucio, reclamación de rentas, fianza, desperfectos y finalización del contrato, tanto para propietarios como para inquilinos.
Es una materia con normativa propia y con reformas frecuentes, así que tiene página específica: arrendamientos y desahucios en Madrid.
Propiedad horizontal y comunidades de propietarios
Impugnación de acuerdos, reclamación a vecinos morosos, derramas y obras, ruidos y actividades molestas, zonas comunes y daños por filtraciones.
En propiedad horizontal mandan los plazos, las mayorías y el acta, y por eso tiene página propia: propiedad horizontal en Madrid.
Antes de contratar un abogado civil
¿Cuánto cuesta un abogado civil en Madrid?
Depende del tipo de asunto, de la documentación disponible y de la complejidad. Antes de iniciar actuaciones te entregamos una hoja de encargo con alcance, honorarios, plazos estimados y forma de pago.
¿Qué documentación debo llevar a la primera cita?
Lo que tengas: DNI, contratos y anexos, facturas y recibos, transferencias, correos y mensajes relevantes, burofax si existe, fotografías o informes, datos de la otra parte y cualquier escrito judicial o administrativo relacionado.
¿Merece la pena reclamar cantidades pequeñas?
No siempre, y preferimos decirlo antes. Una reclamación con perito y procedimiento largo puede costar más de lo que se recupera.
Lo que sí hacemos en esos casos es valorar vías más baratas: un requerimiento fehaciente bien hecho resuelve más asuntos de los que parece.
Plazos en Derecho Civil
En derecho civil el plazo general de las acciones personales es de cinco años desde que puede exigirse, pero muchas materias tienen plazos propios y mucho más cortos. Si tu asunto tiene más de un año, lo primero que conviene comprobar es si todavía estás a tiempo.