ABOGADOS DE HERENCIAS · MADRID (RETIRO)

Abogado de herencias y testamentos
en Madrid (Retiro)
Abogado de herencias
y testamentos en Madrid

Herencias con y sin testamento, partición, legítimas, declaración de herederos y conflictos entre herederos.

TE AYUDAMOS EN

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Equipo de JT Abogados

ABOGADOS DE HERENCIAS · MADRID

Experiencia para ordenar
bienes, derechos y acuerdos

MÁS DE 40 AÑOS EN MADRID

Una herencia exige ordenar documentos, bienes, deudas y plazos desde el primer día. Revisamos el testamento y las últimas voluntades, identificamos a los herederos y explicamos con claridad las opciones de aceptación, renuncia o beneficio de inventario.

Coordinamos inventario, valoración, partición, adjudicación e impuestos, incluido el plazo de seis meses del Impuesto de Sucesiones. Si el reparto se bloquea, buscamos primero una solución negociada y, cuando es necesario, preparamos la división judicial.

Más de cuarenta años tramitando sucesiones en Madrid, desde Retiro y por videollamada.

Sello de Abogado
  • Más de 40 años en Madrid
  • Inventario y estrategia desde el primer día
  • Repartos claros y jurídicamente seguros
  • Negociación, seguimiento y discreción

CÓMO TRABAJAMOS

Cómo tramitamos una herencia en Madrid

Reunimos la documentación, identificamos a los herederos, ordenamos bienes y deudas y coordinamos reparto e impuestos para evitar bloqueos y recargos.

PASO 01

Documentación e inventario

Reunimos certificados, testamento, escrituras, saldos, deudas y seguros para saber qué integra realmente la herencia.

Una base documental completa evita retrasos
PASO 02

Herederos y derechos

Determinamos quién hereda, por testamento o declaración de herederos, y revisamos legítimas, legados y posibles donaciones.

Derechos claros antes de proponer el reparto
PASO 03

Reparto y adjudicación

Valoramos los bienes, negociamos la partición y preparamos la escritura o el procedimiento necesario para desbloquearla.

Una propuesta defendible y comprensible
PASO 04

Impuestos y cierre

Liquidamos Sucesiones y plusvalía en plazo y coordinamos notaría y registros hasta dejar los bienes correctamente adjudicados.

Controlamos plazos, firmas y cierre registral

ESCENARIOS HABITUALES

Con testamento, sin testamento o con conflicto

Cada herencia exige una hoja de ruta distinta. La existencia de testamento, las deudas y el grado de acuerdo determinan los pasos, los plazos y la estrategia.

Reunión para ordenar una herencia

Herencia con testamento

Comprobamos la validez del testamento, identificamos legítimas y legados y preparamos un reparto que pueda formalizarse sin sorpresas.

Herencia sin testamento

Tramitamos la declaración de herederos, reunimos certificados y documentación y avanzamos hasta la adjudicación de los bienes.

Herencia bloqueada

Cuando alguien no firma, trabajamos primero una propuesta negociada y, si no basta, activamos la división judicial para que el reparto avance.

CLAVES DE UNA HERENCIA

Bienes, deudas, impuestos y acuerdos

Una herencia exige ordenar documentación, valorar el patrimonio y decidir con tiempo. Convertimos cada cuestión en pasos claros para proteger tus derechos y cumplir los plazos.

01 · DOCUMENTOS

Documentación e inventario

Identificamos testamento, certificados, inmuebles, cuentas, seguros, vehículos y deudas antes de repartir.

Saber qué existe antes de decidir
02 · DECISIÓN

Aceptar, renunciar o limitar riesgos

Analizamos bienes y deudas para valorar aceptación, renuncia o beneficio de inventario con seguridad.

Una decisión informada evita asumir deudas
03 · IMPUESTOS

Impuestos y plazos

Coordinamos Sucesiones y plusvalía municipal, prórrogas, valoraciones y documentación dentro de plazo.

Seis meses: la fecha del fallecimiento importa
04 · ACUERDOS

Conflictos y reparto

Negociamos un reparto defendible y, si el bloqueo continúa, preparamos la vía judicial para dividir la herencia.

Una propuesta clara facilita el acuerdo

¿Necesitas ayuda con una herencia? El Impuesto de Sucesiones tiene un plazo de seis meses.

CUÉNTANOS TU CASO

GUÍA PRÁCTICA

Herencias y testamentos: preguntas frecuentes

Consulta los pasos, documentos, plazos y decisiones más habituales antes de aceptar o repartir una herencia.

Herencias y sucesiones

Transmisión de bienes, derechos y deudas por testamento o por sucesión intestada.

Regulación aplicable. Código Civil: sucesión y herencia, arts. 657 y siguientes; legítimas, arts. 806 y siguientes.

¿Qué significan herencia, herederos y legatarios?

La herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones del fallecido. Los herederos suceden en la herencia, es decir, reciben una parte del todo, incluidas las deudas. Los legatarios reciben bienes concretos si así se dispone en testamento.

El testamento fija la voluntad del causante sobre el reparto. Si no hay testamento válido, se abre la sucesión intestada y el reparto lo marca la ley.

¿Qué son la legítima, la mejora y el tercio de libre disposición?

En el régimen común del Código Civil la herencia suele dividirse en tercios. La legítima es la parte reservada obligatoriamente a los herederos forzosos. La mejora es la parte destinada a favorecer a uno o varios descendientes. La libre disposición es la parte que puede dejarse a quien se quiera.

Analizamos si el reparto respeta estos límites, que es lo que evita impugnaciones posteriores.

¿Quiénes son herederos forzosos?

Con carácter general, los descendientes —hijos y, en su caso, nietos—; si no los hay, los ascendientes —padres y abuelos—; y el cónyuge viudo, con derechos que suelen consistir en usufructo según el caso.

La distribución concreta varía según la situación familiar, así que conviene revisar testamento, parentescos y bienes antes de firmar una partición.

Herencias sin testamento

Declaración de herederos y tramitación completa hasta la adjudicación.

Regulación aplicable. Código Civil: sucesión intestada, arts. 912 y siguientes.

¿Qué documentación necesito para empezar?

Como base: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades —que acredita si hay testamento y ante qué notario— y certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento.

Después, la documentación de los bienes: escrituras e IBI de los inmuebles, saldos y movimientos bancarios, documentación de vehículos y relación de deudas, hipotecas y préstamos pendientes.

¿Qué es un testamento y para qué sirve?

Es el documento, normalmente otorgado ante notario, en el que una persona deja establecida su voluntad sobre cómo se distribuirán sus bienes al fallecer, dentro de los límites legales.

Te ayudamos a dejarlo claro, válido y práctico. Un testamento bien redactado ahorra a la familia años de conflicto.

¿Quién puede hacer testamento?

En el régimen común del Código Civil, y salvo especialidades forales, pueden testar quienes tengan capacidad legal. No pueden otorgar testamento los menores de catorce años ni quienes no puedan formar o expresar su voluntad.

Partición y adjudicación

Inventario, valoración, negociación, cuaderno particional y escritura de adjudicación.

Regulación aplicable. Código Civil: partición de herencia, arts. 1051 y siguientes.

¿Qué es el cuaderno particional?

Es el documento donde se refleja el reparto: bienes, deudas, valoraciones y qué recibe cada heredero. Bien hecho evita conflictos posteriores; mal hecho, los crea.

¿Qué pasa si un heredero no quiere firmar y la herencia se bloquea?

Primero se intenta la negociación con una propuesta de reparto defendible, con inventario y valoraciones claras. Muchos bloqueos se deben a desconfianza, no a una discrepancia real.

Si no hay acuerdo, puede acudirse a la vía judicial para que se tramite la división de la herencia. Es más lento, pero desbloquea.

Aceptación, renuncia y deudas

Decisión sobre la herencia con análisis previo de bienes, cargas y responsabilidad.

Regulación aplicable. Código Civil: aceptación y repudiación, arts. 988 y siguientes.

¿Qué opciones tengo si la herencia tiene deudas?

Normalmente tres: aceptar, renunciar o aceptar a beneficio de inventario, que limita la responsabilidad al valor de los bienes heredados según el caso.

Es una decisión que conviene tomar con documentos y estrategia, no a ojo: aceptar sin saber qué hay dentro puede salir muy caro.

Impuestos y plazos

Impuesto de Sucesiones, plusvalía municipal, prórrogas y documentación.

Regulación aplicable. Plazo general del Impuesto de Sucesiones: seis meses desde el fallecimiento.

¿Hay que presentar el impuesto aunque salga a cero?

Con carácter general sí: la bonificación reduce la cuota, pero no elimina la obligación de presentar la autoliquidación dentro de plazo.

Te indicamos qué modelo corresponde, qué documentación acompaña y en qué plazo.

¿Y si el plazo de seis meses está a punto de acabar?

Si aún estás dentro de los cinco primeros meses, puede solicitarse prórroga por otros seis. Pasado ese punto, ya no.

Si el plazo se ha pasado, conviene regularizar cuanto antes: los recargos crecen con el tiempo.

¿Qué plazo hay para impugnar un testamento?

Depende del motivo y del tipo de acción. En la práctica, muchas reclamaciones se encuadran en acciones personales, cuyo plazo general de prescripción es de cinco años desde que puede exigirse la acción, conforme al artículo 1964 del Código Civil tras la reforma de 2015.

Con matices según el caso, conviene actuar cuanto antes para no perder opciones.

Conflictos entre herederos

Negociación y, cuando no hay acuerdo, división judicial de la herencia.

Regulación aplicable. Código Civil y Ley de Enjuiciamiento Civil: división y partición hereditaria.

¿Qué pasa si un heredero no quiere firmar y la herencia se bloquea?

Primero se intenta la negociación con una propuesta de reparto defendible, con inventario y valoraciones claras. Muchos bloqueos se deben a desconfianza, no a una discrepancia real.

Si no hay acuerdo, puede acudirse a la vía judicial para que se tramite la división de la herencia. Es más lento, pero desbloquea.

Hemos heredado una vivienda a medias y no nos ponemos de acuerdo

Es de los casos más frecuentes: uno quiere vender, otro quiere quedársela y un tercero no contesta. La copropiedad se mantiene con sus gastos y su tensión.

Negociamos una salida ordenada —venta o adjudicación con compensación— y, si no es posible, activamos el procedimiento de extinción de condominio. Más detalle en extinción de proindiviso.

Testamentos y planificación

Redacción de testamentos claros y planificación para prevenir conflictos.

Regulación aplicable. Código Civil: testamentos, arts. 667 y siguientes.

¿Puedo cambiar o revocar mi testamento?

Sí, en cualquier momento mientras conserves capacidad. Lo habitual es otorgar un testamento nuevo que deje actualizado el anterior, total o parcialmente.

¿Es obligatorio hacer testamento?

No, pero suele ser recomendable para evitar incertidumbre. Si no hay testamento, la herencia se tramita por sucesión intestada y normalmente hará falta un acta de declaración de herederos para determinar quién hereda y en qué proporción.

Impugnación y legítimas

Análisis de capacidad, voluntad, legítimas, donaciones y prueba disponible.

Regulación aplicable. Código Civil: legítimas, partición e impugnación según la acción aplicable.

¿Cuándo se puede impugnar un testamento?

Cuando existen motivos reales: falta de capacidad del testador, coacción o amenazas, fraude, engaño o vicios que afecten a la voluntad.

Lo decisivo no es sospechar, sino poder sostenerlo con pruebas. Valoramos la viabilidad antes de que gastes dinero en un procedimiento sin recorrido.

¿Quién puede impugnar y a quién se demanda?

Normalmente quien tenga un interés directo: por ejemplo, un heredero o legitimario perjudicado. Suele demandarse a quienes resulten beneficiados por el testamento o por el reparto.

Lo primero es revisar tu legitimación y la viabilidad del caso.

¿Qué plazo hay para impugnar un testamento?

Depende del motivo y del tipo de acción. En la práctica, muchas reclamaciones se encuadran en acciones personales, cuyo plazo general de prescripción es de cinco años desde que puede exigirse la acción, conforme al artículo 1964 del Código Civil tras la reforma de 2015.

Con matices según el caso, conviene actuar cuanto antes para no perder opciones.

Antes de contratar un abogado de herencias
¿Cuánto cuesta un abogado de herencias en Madrid?

Depende del tipo de herencia y de su complejidad: número de bienes, deudas, número de herederos y si hay conflicto. No es lo mismo una herencia de dos hermanos que se entienden que una partición judicial.

Antes de iniciar ninguna gestión te facilitamos una hoja de encargo con el alcance del trabajo, los honorarios, los plazos estimados y las condiciones de pago. Se admiten los medios de pago legalmente válidos y, según el asunto, puede valorarse el pago fraccionado.

¿Qué asuntos lleva un abogado de herencias?

Herencias con o sin testamento, declaración de herederos, partición y reparto —inventario, valoración y adjudicación—, legítimas y donaciones, conflictos entre herederos, Impuesto de Sucesiones y plusvalía municipal, aceptación, renuncia o beneficio de inventario, impugnación o defensa del testamento y procedimientos judiciales sucesorios.

¿Qué documentación debo llevar a la primera cita?

Si lo tienes: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y copia del testamento, DNI o NIE de los herederos y documentos que acrediten el parentesco, escrituras e IBI de los inmuebles, saldos y movimientos bancarios conocidos, relación de deudas y documentación de vehículos u otros bienes.

Si ya existe alguna comunicación entre herederos o una propuesta de reparto, tráela también. Y si no tienes todo, tampoco pasa nada: te indicamos qué falta y cómo solicitarlo.

CONTACTO

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Escribirnos brevemente nos permite conocer tu asunto y facilitarte los siguientes pasos.

VALORACIONES

La confianza de quienes ya nos han elegido

★ ★ ★ ★ ★

Gema Somoza Fernández★★★★★

En nuestro caso teníamos una herencia complicada en Palma de Mallorca y nosotros estamos en Madrid, así que no sabíamos ni por dónde empezar. Contactamos con JT Abogados y desde aquí nos fueron guiando en todo: nos explicaron las opciones con calma, nos ayudaron con el reparto (que no era nada fácil) y se coordinaron con la notaría de Palma.

Hemos quedado muy contentos con cómo han llevado el asunto y además el trato ha sido muy cercano. Los recomendaría sin dudarlo. Muchísimas gracias por todo

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Eloi González Mas★★★★★

He tenido una muy buena experiencia con José Miguel y el resto del equipo de abogados. No soy de Madrid, pero aún así han llevado mi caso. No he tenido que desplazarme para ningún trámite, ya que lo han gestionado todo ellos, y he recibido la indemnización por despido improcedente. Gracias a su trabajo pudimos resolverlo bien y quedé muy satisfecho con el resultado. Si alguna vez volviera a necesitar un abogado de derecho laboral en Madrid o algún tuviese algún problema en el trabajo, sin duda volvería a contactar con JT Abogados. 10/10.

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Carmen FL★★★★★

Súper contenta con JT Abogados: Jose Miguel nos llevó la compraventa del piso sin líos, explicando todo fácil y revisando cada papel. Estuvo pendiente de la Notaría y el Banco, cero sorpresas. Repetiría y los recomiendo al 100%.

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Yasmina KH★★★★★

Soy propietaria en Madrid y mi inquilino dejó de pagar. Contacté con JT Abogados, se encargaron de los requerimientos, el desahucio por impago y la reclamación de las rentas impagadas. Finalmente recuperé el piso y reforzamos el contrato de arrendamiento para evitar futuros problemas. Muy profesionales. Repetiría con ellos sin dudar.

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Verónica Montoro★★★★★

Excelente experiencia. No puedo estar más satisfecha con el servicio. Han gestionado mi cambio de apellido con una rapidez increíble (apenas mes y medio), demostrando en todo momento una gran implicación, claridad en las explicaciones y una profesionalidad absoluta.

Se nota cuando alguien domina el procedimiento y se preocupa de verdad por el caso. Trato cercano, eficaz y resultados impecables. ¡Totalmente recomendables!

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Maria Gomez★★★★★

Excelente bufete, recomiendo a JT Abogados al 100 %. Destacan por su gran profesionalidad y por un trato humano y cercano que marca la diferencia. Su empatía, claridad y constante comunicación me dieron una tranquilidad absoluta durante todo el proceso. Sin duda, los mejores.

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