Derecho administrativo · Madrid (Retiro)

Abogado de Derecho Administrativo en Madrid (Retiro)

Defensa y asesoramiento frente a la Administración: multas y sanciones, recursos administrativos, licencias y permisos, responsabilidad patrimonial y vía contenciosa.

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Servicios de Derecho Administrativo

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En esta materia el plazo y el expediente lo son todo. Si ya tienes una notificación, empieza por mirar la fecha.

  • Multas y sanciones

    Alegaciones y recursos: análisis del expediente, prueba y estrategia para reducir o anular la sanción.

  • Recursos administrativos

    Alzada y reposición dentro de plazo, respuesta a requerimientos y control del silencio administrativo.

  • Contencioso-administrativo

    Impugnación judicial cuando la vía administrativa no funciona, con medidas cautelares si proceden.

  • Licencias y permisos

    Defensa ante denegaciones, suspensiones o requerimientos en expedientes de licencia y actividad.

  • Responsabilidad patrimonial

    Reclamación de indemnizaciones por daños causados por el funcionamiento de un servicio público.

  • Expedientes y trámites

    Subsanaciones, alegaciones y aportación documental, para evitar denegaciones por defectos de forma.

  • Revisión de actos firmes

    Viabilidad de la revisión de oficio, nulidad o anulabilidad y vías extraordinarias.

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Experiencia en Derecho Administrativo

Defensa frente a la Administración con plazos bajo control

Más de 40 años en Madrid

En JT Abogados defendemos a particulares, autónomos y empresas frente a la Administración en Madrid. Analizamos multas y sanciones, recursos de alzada y reposición, licencias y permisos, responsabilidad patrimonial, expedientes administrativos y procedimientos contencioso-administrativos. Como los actos administrativos se presumen válidos y pueden ejecutarse mientras se discuten, revisamos desde el primer momento la notificación, la vía correcta, el expediente, la prueba y el plazo disponible. Preparamos alegaciones, recursos, solicitudes de medidas cautelares y demandas contenciosas cuando resultan necesarias. Cada asunto se trabaja con un diagnóstico jurídico claro, un plan de acción realista y seguimiento directo, para evitar pérdidas de plazo, defectos de forma y decisiones precipitadas.

Frente a la Administración el procedimiento y los plazos son decisivos. Llevamos más de cuarenta años defendiendo a particulares, autónomos y empresas en asuntos administrativos. Revisamos la notificación, el expediente y la prueba para elegir la vía correcta y preparar alegaciones, recursos o, cuando hace falta, la demanda contenciosa y las medidas cautelares.

Sello de Abogado
  • Diagnóstico de vía y plazo
  • Alegaciones y recursos
  • Expediente y prueba
  • Contencioso y cautelares
Equipo de JT Abogados preparando un asunto administrativo

¿Te han notificado una sanción o una resolución? El plazo cuenta desde la notificación, no desde que la lees.

Guía práctica

Derecho Administrativo: preguntas frecuentes

Pulsa una materia para desplegar su explicación y, dentro, cada pregunta para ver la respuesta.

Multas y sanciones administrativas

Alegaciones y recursos: análisis del expediente, prueba y estrategia para reducir o anular la sanción.

¿Cuánto tiempo tengo para recurrir?

Depende del tipo de sanción y de la norma sectorial. Como referencia: si la vía correcta es la alzada o la reposición, el plazo general es de un mes cuando el acto es expreso.

En multas de tráfico, ¿cuál es el plazo?

En los procedimientos de la DGT lo habitual son 20 días naturales para pagar con reducción o para presentar alegaciones o recurso, según lo que indique la notificación.

Si pago con reducción, ¿puedo recurrir después?

En sanciones de tráfico, pagar con reducción suele implicar renunciar a formular alegaciones o recurso en vía administrativa.

Conviene valorarlo antes de pagar, no después.

Recursos de alzada y reposición

Alzada y reposición dentro de plazo, respuesta a requerimientos y control del silencio administrativo.

Regulación aplicable. Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común: el plazo para interponer alzada o reposición es de un mes si el acto es expreso. La alzada debe resolverse en un plazo máximo de tres meses; la reposición, en un mes.

¿Cuál es la diferencia entre alzada y reposición?

La alzada procede contra actos que no ponen fin a la vía administrativa y se interpone ante el superior jerárquico. La reposición, contra actos que sí la ponen fin, y se interpone ante el mismo órgano.

¿Cuál es el plazo?

En general, un mes si el acto es expreso. Si el acto es por silencio, puede interponerse en cualquier momento desde que se produce el efecto del silencio, con reglas específicas.

¿Cuánto tarda la Administración en resolver?

La alzada tiene un plazo máximo de tres meses; la reposición, de un mes.

Contencioso-administrativo

Impugnación judicial cuando la vía administrativa no funciona, con medidas cautelares si proceden.

Regulación aplicable. Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa: el plazo general para interponer el recurso es de dos meses desde la notificación o publicación del acto que pone fin a la vía administrativa, si es expreso, y de seis meses si es por silencio.

¿Cuándo puedo acudir al contencioso?

Normalmente cuando el acto es firme en vía administrativa, o cuando la ley lo permite, o tras la resolución o el silencio del recurso que corresponda.

¿Cuál es el plazo?

Con carácter general, dos meses desde la notificación del acto expreso. Si es por silencio, el plazo general es de seis meses.

¿Necesito abogado y procurador?

Ante órganos unipersonales la parte debe estar asistida por abogado y puede conferir representación a procurador. Ante órganos colegiados, procurador y abogado son obligatorios, con excepciones tasadas.

Licencias y permisos

Defensa ante denegaciones, suspensiones o requerimientos en expedientes de licencia y actividad.

¿Qué hago si me deniegan una licencia?

Lo primero es ver si la resolución pone fin a la vía administrativa. Desde ahí se decide: reposición o alzada y, si procede, contencioso.

¿Qué plazo tengo?

Como regla general, un mes para alzada o reposición si el acto es expreso, según cuál proceda.

¿Y si no responden a mi solicitud?

En las solicitudes iniciadas por el interesado el silencio suele ser estimatorio, salvo excepciones: cuando afecte al dominio público o al servicio público, actividades con impacto ambiental, o cuando una ley establezca lo contrario.

Responsabilidad patrimonial

Reclamación de indemnizaciones por daños causados por el funcionamiento de un servicio público.

¿Cuándo puedo reclamar una indemnización?

Cuando existe un daño efectivo y una relación con el funcionamiento del servicio público. Hay requisitos de causalidad y antijuridicidad que hay que probar.

¿Qué se puede reclamar?

El daño efectivo, evaluable económicamente e individualizado. La cuantificación y la prueba del nexo causal son lo que decide estos asuntos.

¿Qué documentación conviene aportar?

Todo lo que acredite el daño y su origen: informes, fotografías con fecha, partes, facturas, testigos y cualquier comunicación previa con la Administración.

Expedientes y trámites administrativos

Subsanaciones, alegaciones y aportación documental, para evitar denegaciones por defectos de forma.

Revisión de actos administrativos

Viabilidad de la revisión de oficio, nulidad o anulabilidad y vías extraordinarias.

Antes de contratar un abogado administrativista
¿Cuándo conviene contactar?

Cuanto antes, desde la primera notificación: los plazos para recurrir son cortos, y en muchos casos de un mes.

¿Qué documentación debo aportar?

La resolución o notificación completa, con su fecha de recepción, el expediente si lo tienes y cualquier prueba: escritos previos, registros, correos, fotografías o justificantes.

Si hubo silencio administrativo, hace falta la solicitud presentada y su justificante de registro.

Plazos y notificaciones administrativas
¿Cómo trabajáis un asunto administrativo?

Primero un diagnóstico de vía, plazo y viabilidad. Después preparamos el escrito —alegaciones, recurso o demanda—, pedimos el expediente si hace falta y acompañamos hasta la resolución o, si procede, hasta el contencioso.

Un mes para el recurso de alzada o de reposición, dos meses para el contencioso-administrativo y veinte días naturales en las multas de tráfico. Los plazos cuentan desde la notificación, no desde que se lee. Si tienes una notificación en la mano, la fecha importa más que el fondo.

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VALORACIONES

La confianza de quienes ya nos han elegido

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Gema Somoza Fernández★★★★★

En nuestro caso teníamos una herencia complicada en Palma de Mallorca y nosotros estamos en Madrid, así que no sabíamos ni por dónde empezar. Contactamos con JT Abogados y desde aquí nos fueron guiando en todo: nos explicaron las opciones con calma, nos ayudaron con el reparto (que no era nada fácil) y se coordinaron con la notaría de Palma.

Hemos quedado muy contentos con cómo han llevado el asunto y además el trato ha sido muy cercano. Los recomendaría sin dudarlo. Muchísimas gracias por todo

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Eloi González Mas★★★★★

He tenido una muy buena experiencia con José Miguel y el resto del equipo de abogados. No soy de Madrid, pero aún así han llevado mi caso. No he tenido que desplazarme para ningún trámite, ya que lo han gestionado todo ellos, y he recibido la indemnización por despido improcedente. Gracias a su trabajo pudimos resolverlo bien y quedé muy satisfecho con el resultado. Si alguna vez volviera a necesitar un abogado de derecho laboral en Madrid o algún tuviese algún problema en el trabajo, sin duda volvería a contactar con JT Abogados. 10/10.

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Carmen FL★★★★★

Súper contenta con JT Abogados: Jose Miguel nos llevó la compraventa del piso sin líos, explicando todo fácil y revisando cada papel. Estuvo pendiente de la Notaría y el Banco, cero sorpresas. Repetiría y los recomiendo al 100%.

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Yasmina KH★★★★★

Soy propietaria en Madrid y mi inquilino dejó de pagar. Contacté con JT Abogados, se encargaron de los requerimientos, el desahucio por impago y la reclamación de las rentas impagadas. Finalmente recuperé el piso y reforzamos el contrato de arrendamiento para evitar futuros problemas. Muy profesionales. Repetiría con ellos sin dudar.

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Verónica Montoro★★★★★

Excelente experiencia. No puedo estar más satisfecha con el servicio. Han gestionado mi cambio de apellido con una rapidez increíble (apenas mes y medio), demostrando en todo momento una gran implicación, claridad en las explicaciones y una profesionalidad absoluta.

Se nota cuando alguien domina el procedimiento y se preocupa de verdad por el caso. Trato cercano, eficaz y resultados impecables. ¡Totalmente recomendables!

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Maria Gomez★★★★★

Excelente bufete, recomiendo a JT Abogados al 100 %. Destacan por su gran profesionalidad y por un trato humano y cercano que marca la diferencia. Su empatía, claridad y constante comunicación me dieron una tranquilidad absoluta durante todo el proceso. Sin duda, los mejores.

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